Publicado el 01-09-2018 por Fakolith Chemical Systems
Todas la pinturas y barnices aptos para contacto con alimentos y bebidas de Fakolith cumplen desde SIEMPRE con la nueva reglamentación del 2018:
'REGLAMENTO (UE) 2018/213 DE LA COMISIÓN de 12 de febrero de 2018 sobre el uso de bisfenol A en los barnices y revestimientos destinados a entrar en contacto con los alimentos y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 10/2011 por lo que respecta al uso de dicha sustancia en materiales plásticos en contacto con los alimentos'
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32018R0213&from=ES
El nuevo reglamento REGLAMENTO (UE) 2018/213 DE LA COMISIÓN que modifica el reglamento (UE) 10/2011, llevaba publicado como borrador hace ya mucho tiempo. Fakolith al formular sus pinturas y barnices alimentarios, para tranquilidad de sus clientes, no sólo tiene en cuenta las regulaciones en vigor, si no los borradores de futuras regulaciones internacionales, tanto EU como FDA, así como la tendencia internacional en relación a posibles futuras modificaciones, de forma que su aplicación y uso cumpla con las mayores exigencias legislativas durante muchos años.
Todas las pinturas y barnices de la gama FoodGrade de Fakolith, tanto las epoxi, como poliuretano, como acrílicas o miscelaneas cumplen el Reglamento REGLAMENTO (UE) 2018/213, y por ello viene indicado en la declaración de conformidad de cada producto, estando avalado por los resultados de ensayos en laboratorios independientes acreditados.
Este reglamento es muy importante ya que desde el 6 de septiembre de 2018 ya no se podrá introducir en el mercado pinturas y barnices para contacto directo con alimentos que no cumplan la Regulación 2018/213, que:
1. Establece nuevos limites de migración para el Bisfenol A, no superará un límite de migración específica de 0,05 mg de BPA por kg de alimento.
2. Se prohibe el uso y migración de Bisfenol A en contenedores y envases para alimentos de lactantes, en el sentido de la EU 609/2013.
3. Deja clarísimo, que las pinturas, barnices y revestimientos alimentarios, están dentro de la categoría de plásticos del Reglamento marco UE 10/2011, y que por tanto deben cumplir no sólo con el reglamento UE 2018/213 en relación al BPA, si no con todos los requisitos del reglamento de plásticos EU 10/2011.
4. Reitera que las pinturas y barnices para contacto con alimentos deben disponer inexcusablemente de la obligatoria Declaración de Conformidad detallada, que estará disponible en todas las etapas de fabricación, transformación y distribución.
Por todo ello, deben ser conscientes de que las pinturas y barnices aptos para contacto alimentario deben cumplir extensas regulaciones que cambian contínuamente, y a las que FAKOLITH dedica importantes partidas de I+D+i y Control de Calidad, para garantizar la seguridad e higiene alimentaria, presente y futura de nuestros clientes, y de sus clientes.
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